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Cómo calcular la cuota íntegra, cuota líquida y cuota diferencial

Cómo calcular la cuota íntegra, cuota líquida y cuota diferencial

Escrito por Xavi Navarro

En el post de hoy vamos a explicaros como se calcula la cuota íntegra, la cuota líquida y la cuota diferencial. Es muy importante que sepáis como se calculan las mismas ya que usaremos estas cuotas en un impuesto tan importante como lo es el Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas.

Cuota íntegra

Para realizar el cálculo de la cuota íntegra en el IRPF debemos tener muy en cuenta nuestra residencia, muy particularmente la Comunidad Autónoma en la que residimos. Para determinar nuestra residencia habitual deberemos tener en cuenta una serie de matices que nos ayudaran a conocer donde debemos tributar y a que normas, además de la Ley General Tributaria Estatal, deberemos atenernos para determinar la cuota a pagar o a devolver:

  • Se considerará que residimos en un territorio de una Comunidad Autónoma en concreto cuando pasemos en ella más de 183 días en un período impositivo.
  • Cuando por razones laborales realizamos varios desplazamientos durante el año y no podemos determinar la residencia por el primero de los criterios que os he explicado, se entenderá que residimos en la Comunidad Autónoma donde tenemos nuestro principal centro de intereses, por ejemplo, donde tenemos nuestra empresa de la que recibimos los ingresos mayoritarios.
  • Si de todas maneras resulta imposible determinar la residencia para poder realizar el cálculo de la cuota íntegra, se entenderá que la Comunidad Autónoma de residencia es la última declarada por el contribuyente.

Cuota Íntegra Estatal

Como podéis ver de lo expuesto hasta el momento, la cuota íntegra la separaremos en la Cuota íntegra estatal y la cuota íntegra autonómica. Para calcular la cuota íntegra estatal debemos multiplicar la base liquidable por el tipo de tarifa estatal, por ejemplo un 23%. La Base Liquidable la extraeremos de todos los rendimientos, ya sean dinerarios, de capital mobiliario e inmobiliario, pasando por las ganancias y pérdidas del patrimonio que reflejarán la capacidad económica del contribuyente.

Cuota Íntegra Autonómica

La cuota íntegra autonómica se calculará exactamente del mismo modo que la cuota íntegra estatal pero esta vez multiplicando por las tarifas de tantos por ciento que fijen los distintos Gobiernos de las Comunidades. Así pues, el importe de la cuota íntegra puede variar de una Comunidad Autónoma  a otra en función de estos tipos impositivos.

Determinación de la cuota líquida

La cuota líquida se obtiene de deducir una serie de ventajas fiscales a la cuota íntegra.

En el ejemplo que estamos siguiendo del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas se puede deducir:

  • La inversión en empresas de nueva o reciente creación-
  • Rentas obtenidas en Ceuta y Melilla.
  • Donativos entidades sin ánimos de lucro.
  • Aportaciones a partidos políticos.
  • Deducción por alquiler en vivienda habitual.

Determinación de la Cuota diferencial

La cuota diferencial vendrá dada por el resultado de restar a la cuota líquida del impuesto una serie de deducciones contenidas en la Ley del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas, en concreto y para que conozcáis también con el post que ventajas fiscales  nos ofrece Hacienda, se encuentran:

Deducción por doble imposición internacional:

Nos encontramos ante esta deducción cuando como contribuyentes hemos obtenido rentas en el extranjero, como seguramente habremos tributado por las mismas en el tercer país debemos deducir la menor de las siguientes dos cantidades:

  • El importe del impuesto que hemos satisfecho en el país extranjero como consecuencia de obtener dicha ganancias.
  • El resultado de aplicar el tipo medio de gravamen que tenemos por nuestras rentas en España, a las rentas que hemos obtenido en el extranjero.

De esta manera, conseguimos paliar el efecto de tener que pagar dos veces por la misma ganancia.

Retenciones y Pagos a cuenta:

A la cuota íntegra también debemos deducirle los pagos a cuenta que hayamos realizado durante el año. Como el mismo nombre indica se trata de pagos a cuenta realizados para reducir el impacto del tributo a final del ejercicio. Un ejemplo de los mismos, son los pagos que hemos ido realizando en el modelo 130 de la Administración Tributaria como consecuencia de las ganancias que hemos tenido durante el trimestre. De esta manera, adelantamos poco a poco el pago del impuesto y conseguimos limitar el importe a pagar una vez transcurrido un ejercicio natural. Asimismo, pasará con las retenciones que nos hayan ido practicando trimestre a trimestre.

Deducción por maternidad

En este caso nos encontramos ante una deducción pensada para reducir las ganancias del año como consecuencia del gasto que se produce al tener hijos por parte del contribuyente. Para poder disfrutar de esta deducción se deben cumplir las siguientes condiciones:

  1. Que se tengan hijos menores de tres años.
  2. Que realicemos una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estemos dados de alta en un régimen de los establecidos por la Seguridad Social, es decir, que seamos trabajadores en activo.
  3. Si se cumplen los anteriores requisitos tendremos derecho a una deducción de 100 euros mensuales por cada hijo.

Como veis para determinar la cuota íntegra, la cuota líquida y la cuota diferencial debemos tener muy en cuenta los pasos a seguir para determinar cuál será el impuesto final que debemos de pagar. Después de conocer todos los pasos a seguir ¿sabíais que había tantos matices a la hora de calcular un impuesto? Es fundamental que conozcáis como se calculan los tributos para conocer la carga fiscal que vamos a tener en un ejercicio.

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