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El contrato de Agencia y el de Franquicia

El contrato de Agencia y el de Franquicia

Escrito por Xavi Navarro

Hoy vamos a aprender a diferencias entre el contrato de Agencia y el de Franquicia, y vamos a hablar de las ventajas y desventajas que conlleva cada uno de ellos para aprender a decidir cuál de los dos puede sernos de más utilidad en cada situación concreta.

Definición y diferencias entre el contrato de agencia y el de franquicia

el contrato de agencia y el de franquicia Aprender a diferenciar el contrato de agencia y el de franquicia

El contrato de agencia se encuentra regulado en la Ley 12/1992 de 27 de marzo de Contrato de Agencia de manera básica, esto es, rige la voluntad de las partes de manera principal de manera que, sólo acudiremos a la regulación legal en aquellos puntos que no se hayan pactado de manera expresa. En su artículo primero queda definido cuál es la naturaleza del contrato de agencia, indicando que es aquel mediante el cual una persona se obliga frente a otra a promover actos de comercio y de representación a cambio de una remuneración pactada. El rasgo más importante  en el que debemos fijarnos en lo que respecta al contrato de agencia es la autonomía del agente. ¿Y porque es tan importante esta autonomía? Porque permite al agente realizar actos en nombre y representación del empresario sin tener ningún tipo de responsabilidad al respecto, de manera que el riesgo siempre correrá a cuenta del empresario que lo ha contratado. Desde este punto de vista puede parecer que el contrato de agencia es perjudicial para el empresario, pero es una falsa impresión ya que, el contrato de agencia es imprescindible para aquellas empresas que quieren introducir sus productos en un mercado nuevo y para ello no quieren abrir sucursales o transmitir todos sus conocimientos a terceras personas sin conocer previamente que reacción tendrá su producto en el mercado.

El contrato de franquicia, requiera que el empresario transmita todo su “know-How” (el saber hacer, la marca, la experiencia….) a sus franquiciados, de manera que resulta un contrato mucho más complejo que el de agencia. La principal ventaja del contrato de franquicia es su poca regulación, ya que sólo encontramos una breve mención el artículo 62 de la Ley del comercio minorista, de manera que la autonomía de la voluntad de ambas partes es muy elevada, y la responsabilidad de cada una de las partes podrá modularse en función de dicha autonomía de manera que, para el empresario resulta muy sencillo establecer todo tipo de cláusulas que le favorezcan apoyándose en dicha falta de regulación. Pero no todo son desventajas, y es que para el franquiciado, es mucho más seguro invertir en una Franquicia que  transmitirá todo un plan de negocio y de saber hacer, reduciéndose así el riesgo de quiebra.

Por todo lo expuesto, y para diferenciar fácilmente entre el contrato de Agencia y el de Franquicia, podemos resumir que:

  • El contrato de agencia permite distribuir productos nuevos para conocer cuál será la reacción del mercado sin suponer una gran inversión para el empresario.
  • El contrato de franquicia está ideado para aquellas empresas ya consolidadas en un territorio pero con voluntad de seguir expandiéndose.