Mostrar más resultados
28372

Las bonificaciones y reducciones en la contratación laboral

Las bonificaciones y reducciones en la contratación laboral

Para hablar de bonificaciones y reducciones en la contratación es necesario que veamos paralelamente los principales tipos de contrato de trabajo.

Hoy veremos tres tipos de contratos: los indefinidos, los temporales y los contratos en prácticas,con algunas de sus principales bonificaciones y reducciones. ¡Conviértete en todo un experto en Recursos Humanos con nuestro curso de nóminas y seguros sociales!

Contrato laboral indefinido

Se formaliza verbalmente o por escrito, sin establecer límite de tiempo en la prestación de los servicios, en su duración. Podrá realizarse a jornada completa, parcial o para la prestación de servicios fijos discontinuos.

Esta modalidad, obviamente la más estable de todas, está incentivada por parte del gobierno a través de diversas ayudas; con cantidades que se le dan a la organización contratante y/o con reducciones o bonificaciones de las cotizaciones empresariales por contingencias comunes a la Seguridad Social. Las ayudas se concretan y varían en función tanto del perfil del contratante (emprendedores, microempresas, autónomos, etc.) como del contratado: personas beneficiarias del sistema nacional de garantía juvenil, jóvenes, mayores de 52 años y cobradores del subsidio por desempleo, personas con discapacidad, trabajadores en situación de exclusión social, personas con la condición de víctimas de violencia de género, doméstica, víctima del terrorismo o víctima de trata de seres humanos, etc.

Algunos ejemplos de bonificaciones y reducciones:

  • Jóvenes menores de 30 años contratados por microempresas o por autónomos, durante 12 meses tienen una reducción del 100% de la cuota por contingencias comunes.
  • Personas mayores de 45 años, desempleados e inscritos en la oficina de empleo y que vayan a empresas de menos de 50 trabajadores:
  • 1.300 euros al año durante 3 años.
  • 1.500 euros al año durante 3 años si se trata de mujeres en oficios subrepresentadas.
  • Contrato indefinido de personas víctimas de violencia de género o del terrorismo: 1.500 euros al año durante 4 años.
  • Contrato indefinido en el caso de personas con discapacidad. Existen diversas cuantías: desde los 4.500 euros para los menores de 45 años, 5.350 euros para mujeres o los 5.700 euros para mayores de 45 años. Todas las cuantías anuales y a lo largo de la vigencia del contrato.

Contrato laboral temporal

Tiene por objeto establecer una relación laboral entre empresa y trabajador por un tiempo determinado. Puede ser a jornada completa o parcial y existen bastantes modalidades. El contrato de trabajo temporal se formalizará por escrito, podrá ser verbal cuando en la situación de eventual por circunstancias de la producción la duración del mismo sea inferior a cuatro semanas y la jornada completa.

Veamos algunos ejemplos:

  1. Contrato por obra o servicio. Se concierta para la realización de obras o servicios dentro de la actividad de la empresa. Su ejecución será limitada en el tiempo, pero de duración incierta, no pudiendo superar los tres años. Esta modalidad también puede aplicarse a personal investigador que se contrata para la realización de un proyecto específico de investigación científica y técnica.
  2. Contrato temporal por circunstancias del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos. Se concierta para atender exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos, aun tratándose de la actividad normal de la empresa. También puede aplicarse en el caso de jóvenes desempleados sin experiencia laboral o menor ésta a tres meses.
  3. Contrato temporal para sustituir a trabajadores con derecho a reserva del puesto de trabajo (interinidad). Tiene como objeto sustituir a trabajadores con derecho a reserva del puesto de trabajo o para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva. Por ejemplo, contratos que se realicen para sustituir a trabajadores que se encuentren en situación de excedencia por cuidado de familiares, por descansos por maternidad, para sustituir bajas por incapacidad temporal de personas con discapacidad, etc.
  4. Contrato temporal de primer empleo joven. Se dirige a jóvenes desempleados inscritos en la Oficina de Empleo, menores de 30 años o menos de 35 años si tienen reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Y que, además, no tengan experiencia laboral o sea ésta una inferior a tres meses.

En esta modalidad contractual también existen ayudas a la contratación cuando se trata de colectivos que el estado quiere proteger de manera especial: trabajadores en situación de exclusión social en empresas de inserción social, víctimas de violencia de género, doméstica o víctimas del terrorismo, etc. Veamos algunos ejemplos:

  • Personas con discapacidad, distinguiendo si son varones o mujeres, y dependiendo de su edad, tendríamos:
    • Varones menores de 45 años: 3.500 euros/ año durante toda la vigencia del contrato.
    • Varones mayores de 45 años: 4.100 euros/ año durante toda la vigencia del contrato.
    • Mujeres menores de 45 años: 4.000 euros / año durante toda la vigencia del contrato.
    • Mujeres mayores de 45 años: 4.700 euros / año durante toda la vigencia del contrato.
  • Personas víctimas de violencias de género o doméstica o víctimas del terrorismo: 600 euros / año durante toda la vigencia del contrato.
  • Trabajadores en situación de exclusión social: 500 euros / año durante toda la vigencia del contrato.

Contrato laboral en prácticas

Se realiza para que el trabajador obtenga la práctica profesional adecuada al nivel de estudios cursados. Puede realizarse a trabajadores en posesión de título universitario o de formación profesional de grado medio o superior. El salario del trabajador no podrá ser inferior al 60% o al 75% (1er y 2º año de vigencia del contrato) al fijado en el convenio para un trabajador en puesto equivalente.

Tiene también incentivos cuando se celebra en jóvenes menores de 30 años (o de 35 años en caso de discapacidad reconocida igual o superior al 33%), en concreto una reducción del 50% de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes correspondiente al trabajador contratado durante la vigencia del contrato. Si el contrato se formaliza con personas beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil se aplicará, de forma adicional a la reducción, una bonificación del 50%.

Como habréis visto, hay mucha casuística de modalidades de contratación y bonificaciones y reducciones. Así que no queda otra que ¡formarse en recursos humanos!

Susana Chamorro

Licenciada en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universitat Pompeu Fabra. Posgrado en Fiscalidad y Tributación. Dedicada al mundo de la asesoría externa, asesorando los emprendedores.