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Despido procedente: causas y proceso

Despido procedente: causas y proceso

Escrito por Alejandra Sánchez Yagüe

¿Qué es el despido procedente?

Si leemos lo que dice la Real Academia de la Lengua Española, el despido procedente es el “despido que se ajusta a las causas legales”.

Mediante el despido procedente, el empresario extingue la relación laboral de forma unilateral, pero ajustándose a lo que establece el derecho del país en el cual se realiza el despido, sin que se deje de cumplir con las causas y requisitos legales que exige la ley.

La procedencia del despido no se puede juzgar en base a que simplemente haya una carta de despido enviada al trabajador por parte de la empresa y solo puede ser el juez, y no la empresa, el que está encargado de declarar un despido procedente, improcedente o nulo.

En el caso de que un trabajador sea despedido y tenga dudas acerca de su procedencia o no, este siempre puede acudir a la vía judicial dentro del plazo de 20 días hábiles que establece la ley, para recurrir la causa de despido y pedirle al juez que dirima si el despido es procedente o no.

El despido será declarado nulo si no cumple con los requisitos establecidos para que se pueda despedir a un trabajador y atente contra los derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador, como, por ejemplo, pueden ser los casos de despido por razón de nacimiento, raza, sexo, religión u opinión, o por otra condición personal que suponga una discriminación.

Los abogados laboralistas son los encargados de defender los derechos de los trabajadores ante los tribunales en los casos de despidos que no son procedentes, así como de reclamar indemnizaciones que no se han percibido ni reconocido o bien situaciones de acoso laboral que ha sufrido el trabajador.

Una cosa que no hay que confundir con el despido procedente es el retiro voluntario. Este último es un programa que es creado por las empresas para que se llegue a un acuerdo entre el trabajador y el empresario, para que el trabajador termine por renunciar a su trabajo a cambio de un incentivo económico.

En general, las empresas acuden a un Plan de Retiro Voluntario, también conocido como PRV, cuando se encuentran en procesos de restructuración, de cierre o de liquidación definitiva de la empresa o del lugar de trabajo, y es por estas razones por las que resulta conveniente para las partes terminar por mutuo acuerdo los contratos de trabajo.

¿Cuáles son los motivos de despido procedente?

El artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores regula algunos de los motivos más habituales para que un despido sea considerado procedente, los cuales pasamos a enumerar en esta lista que sigue a continuación:

  • Faltas de asistencia o de puntualidad en la llegada al trabajo.

 

  • Desobediencia o indisciplina ante los superiores y ante las órdenes que deben ser cumplidas en el trabajo.

 

  • Falta de adaptación a modificaciones que se hayan hecho en el puesto de trabajo.

 

  • Realizar ofensas verbales o físicas, acoso o discriminación a cualquier compañero de trabajo.

 

  • Disminución del rendimiento laboral que no sea debido a una enfermedad acompañada de una baja médica.

 

  • Embriaguez o intoxicación por drogas de manera habitual y que influyan en el trabajo diario de forma negativa.

 

Si el despido es declarado procedente por el juez, se tendrá derecho a una indemnización que variará en función de cuál sea la causa que origine el despido.

Si se trata de un despido disciplinario, debido a causas graves del trabajador, y procedente, el trabajador no tendrá derecho a ningún tipo de indemnización.

Si se trata de un despido objetivo, ya sea de manera individual o colectivo, y procedente, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización de 20 días por cada año trabajado, durante un máximo de 12 meses.

En cuanto al derecho a percibir la prestación de desempleo, con independencia del tipo de despido, el trabajador siempre tendrá derecho a cobrar la prestación por desempleo, siempre y cuando se cumplan dos requisitos para poder cobrarlo: que el trabajador haya cotizado lo suficiente para ello, es decir, más de un año en los últimos 6 años; y que el trabajador esté inscrito como demandante de empleo.

Si quieres saber más sobre este tema, puedes ampliar tus conocimientos leyendo el artículo ¿qué es la incapacidad laboral y qué tipos de incapacidad laboral existen?

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