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Declaración de la renta, ¿por qué siempre me toca pagar?

Declaración de la renta, ¿por qué siempre me toca pagar?

Escrito por Xavi Navarro

En el post de hoy vamos a hablar sobre la declaración de la Renta, y la pregunta que muchos contribuyentes se hacen. ¿Por qué siempre me sale a pagar?

¿De qué trata el importe de declaración de la renta cuando el IRPF sale a pagar?

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas es una importante financiación para el Estado, se calcula en función de la retención que se practica sobre los sueldos de los contribuyentes. Durante el año se nos retira de la nómina un porcentaje por esta retención que viene a ser un pago a cuenta del importe que deberemos ingresar a Hacienda a final de año por nuestros ingresos. Es por ello que cuando a final de año nos ponemos tan contentos cuando nos devuelven dinero, no deberíamos estarlo ya que no es que Hacienda nos esté devolviendo dinero, sino que durante el año hemos realizado pagos a cuenta superiores a los que nos tocaba ingresar. Pues bien, vamos a intentar explicaros algunas claves para pagar menos, ya que como muy tarde el 30 de junio debemos presentar nuestra declaración del IRPF.

Trucos para declarar menos

Aportaciones a planes de pensiones: una de las maneras de pagar menos a la hora de realizar el IRPF, es aportar durante el año parte d nuestros ahorros a un plan de pensiones. Debemos tener un cuenta un dato, la reducción en la base imponible de nuestra renta no podrá exceder de los 8.000.-Euros anuales, es por ello que no tiene sentido aportar más de este importe anualmente ya que será dinero que no podremos tocar y que tampoco nos servirá para reducir nuestro IRPF.

Tributación familiar: el otro día en el post hablábamos de la tributación familiar, pues bien, igual que os contábamos en el post anterior es una buena manera de reducir el importe a pagar a final de año en el Impuesto sobre la Renta. Ya sabéis por el anterior post que en los casos en los que exista vínculo matrimonial podemos reducir hasta 3.400.-Euros anuales, y en caso en lo que no exista el mismo o estemos ante una familia monoparental la reducción podrá ser de hasta 2.150.-Euros al año.

Gastos: existen varios tipos de gastos que podemos deducir en nuestra declaración de la renta. En el caso de que seamos trabajadores autónomos podremos deducir:

  • Local o vivienda donde desarrollemos la actividad: podremos deducir los gastos del lugar donde desarrollemos nuestra actividad económica, en nuestra vivienda habitual en la proporción que utilicemos para trabajar y que deberemos declarar en la declaración censal (modelo 036).
  • Teléfono móvil: podremos deducir más o menos la mitad del gasto mensual en teléfono móvil si solo disponemos de esta línea, ya que se considera que lo usamos también para la vida personal. Siempre acabará siendo una cuestión de que probemos ante Hacienda que lo usamos para el trabajo.
  • Vehículo: al igual que con el teléfono móvil, deberemos probar que usamos nuestro vehículo para el trabajo. Es por ello, que deduciremos la parte proporcional de los transportes que realizamos para el trabajo.

Rebajar un poco la declaración de la Renta

Donaciones: otra de las maneras de rebajar el importe a pagar en la declaración de la Renta es realizando donaciones, los donativos a ONG, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro permite deducir un 75% sobre los primeros 150.-Euros donados, y un 30% sobre lo que exceda de esa cantidad, este 30% puede subir a un 35% si has realizando donaciones durante tres años seguidos a la misma entidad, y la donación es igual i superior a la del año anterior.

Arrendamientos: en la actualidad ya no pueden deducirse las cuotas que satisfacemos si alquilamos un piso. Pero si podemos reducir el importe a pagar del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en caso de arrendadores. Por ello si alquilamos un inmueble, podremos deducir los gatos de IBI, comunidad, seguros, y dependiendo en qué cantidad los gastos que realicemos para reparar el piso entre arrendatario y arrendatario.

Salario en especie: todas aquellas aportaciones que nos realice la empresa en especie no van a tributar como rendimiento del trabajo, por ejemplo en cursos de formación, hasta 9 Euros diarios, así que prestad mucha atención porque el exceso sí que tributará.

Como veis hay distintas maneras de rebajar el importe a pagar en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, lo que debéis tener muy en cuenta es que todos los puntos de los que hemos hablado deben estar lo suficientemente justificados para no tener problemas en caso de tener una inspección por parte de la Agencia Tributaria.

En cuanto a vosotros, ¿conocéis alguna otra forma para intentar pagar menos en el IRPF?

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